Tarde pero acertado: se rectifica y exige devolver el dinero por vuelo cancelado Covid 19

Muchas eran las dudas que surgieron tras la comunicación por el gobierno de la situación de las cancelaciones de vuelos, de viajes combinados, de las vacaciones en general, ya que en esta vorágine de real decreto uno tras otro, se reguló que podían ofrecerse bonos y que el cliente no podía recuperar su dinero.

Nosotros analizamos este real decreto y ya comunicamos en un artículo anterior, adelantándonos al desenlace final, que era contrario a la normativa de consumidores, una regulación que limitara el reintegro a un simple bono, debiendo exigirse el cobro de la totalidad de lo abonado por el viaje.

Finalmente, el gobierno ha interpretado la normativa como debió hacerse desde un principio, readaptando lo que había estipulado en ese real decreto, fijando la obligación de reintegrar el dinero a los afectados por cancelaciones por el covid-19.

Además, junto con esta reinterpretación de la norma, en este caso acertada como vuelvo a recalcar, algo que explicamos e informamos en un artículo anterior, el gobierno ha decidido pasar a la acción interponiendo una acción judicial de cesación frente a 17 aerolíneas por los problemas de devolución de los billetes cancelados.

En nuestro despacho, siempre hemos defendido que el cliente tenía derecho a exigir la devolución íntegra de lo abonado, a pesar de estar asesorando a nuestros clientes algo contrario a lo fijado por el real decreto de medidas urgentes del covid-19, sabiendo que era lo acertado porque era contrario a la normativa aplicable en nuestra legislación.

La Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios capacita a la Dirección General de Consumo a interponer la acción de cesación cuando se estén vulnerando los derechos de las personas consumidoras. El artículo 54.3 a) de esta norma señala la competencia de Consumo para “la preparación de acciones judiciales en representación de los intereses colectivos de los consumidores”.

Consumo entiende ahora justificado recurrir a la vía de la cesación ante lo que considera una "omisión de información engañosa por parte de las aerolíneas que supone una infracción de la normativa de defensa de los consumidores y una lesión de los intereses colectivos de cientos de miles de pasajeros".

Por tanto, antes y ahora, el derecho es el mismo, el cliente afectado podrá solicitar el reembolso de lo adelantado.

En el caso de los clientes que hayan sido erróneamente asesorados, entendemos que podrán solicitar la nulidad del acuerdo de pago mediante bono por existir un vicio en el consentimiento en su aceptación.

Europa si que acertó en su decisión informativa, porque a diferencia de España, fijó como una posibilidad el bono, pero no el único u obligatorio, ya que el cliente podía perfectamente exigir el reintegro del dinero adelantado como opción principal, ya que el bono es simplemente una alternativa opcional y voluntaria de aceptar por el afectado ex artículo 8.1.a) del Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.

Ahora sí están bien hechas las cosas y se está salvaguardando los derechos de los afectados, algo que se ha reconocido tarde, pero al menos podemos decir que se ha reconocido públicamente y apoya el argumento o teoría jurídica de la interpretación que hemos dado al conflicto en nuestro despacho desde el principio.

Os dejamos el enlace al artículo anterior para que amplíen esta información que ya la adelantamos o exigíamos hace casi un mes.

https://iribarrenartola.com/blog/cancelaci%C3%B3n-viaje-combinado-reembolso

Espero les haya gustado el artículo, pronto publicaremos más novedades y noticias destacadas sobre derecho bancario y consumidores.

En IRIBARREN ARTOLA Abogados, despacho abogados y economistas en Pamplona (Navarra), somos especialistas en derecho del consumidor y tenemos una amplia experiencia defendiendo a nuestros clientes.

Para ello deberá escribirnos al email del despacho abogados@iribarrenartola.com o llamarnos al teléfono 848473789 y directamente al móvil 660880184 de nuestro especialista.

Pueden visitarnos en nuestra página web conocernos y ver nuestra metodología de trabajo.


IMAGEN LOGOjpg

Imagen Iakijpg

Iñaki Iribarren García
Socio Director en IRIBARREN ARTOLA Abogados