Qué debo hacer para reclamar la cláusula suelo y cómo hacer la reclamación
de lotería de navidad en forma de Sentencia. La Sentencia de 21 de diciembre de 2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea venía a confirmar la justicia que se demandaba por los
afectados desde el inicio de la controversia, favoreciendo la retroactividad total y por tanto, la
devolución de todos los importes pagados de más.
Nadie podía asegurar cuál sería la resolución final del tribunal, ya que si hacíamos caso a los
últimos datos ofrecidos con el informe del abogado de la Unión Europea Paolo Mengozzi la
retroactividad total no estaba amparada, aunque la Comisión Europea realizó anteriormente un
informe donde indicaba que eran cláusulas nulas de origen y por tanto, que eran cláusulas que
no pueden limitarse en el tiempo, siendo de justicia y ajustado a derechos la concesión de la
retroactividad total. Consecuencia de ello, la banca tendrá que devolver entre 5000 y 7000
millones de euros.
Es una alegría saber que hay esperanza en la justicia y que a quien tiene derecho se le ampara,
dándole protección para que pueda luchar por ellos, recuperarlos si se han vulnerado, como era
en el caso de las cláusulas suelo y por tanto, proteger y dar seguridad a las transacciones o
contratos que se realizan entre particulares y empresas que tienen mayor poder e influencia.
La clave de la Sentencia es que reafirma la teoría de que las cláusulas suelo son anulables y por
tanto, la nulidad no puede limitarse en el tiempo como indicó el Tribunal Supremo en su
Sentencia de mayo de 2013, sino que si es nula debe ser de origen y por tanto, debe ampararse
la retroactividad total.
En la Sentencia se indica expresamente en que “para resolver los litigios principales los
órganos jurisdiccionales remitentes están vinculados por la interpretación del Derecho de la
Unión que lleva a cabo el Tribunal de Justicia, dichos órganos jurisdiccionales deberán
abstenerse de aplicar, en el ejercicio de su propia autoridad, la limitación de los efectos en el
tiempo que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, puesto que tal
limitación no resulta compatible con el Derecho de la Unión” .
Con esta Sentencia se multiplican exponencialmente en términos altísimos las posibilidades de
recuperar por los afectados toda la cuantía pagada de más consecuencia de la cláusula suelo.
En este artículo damos una pautas a los lectores de lo que deben hacer para recuperar su dinero
pagado de más por las cláusulas suelo, una vez ha sido publicada la Sentencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea.
Primer paso: Mirar la hipoteca.
Es importante que lo primero miremos si cuando firmamos la hipoteca nos incluyó la entidad
financiera la cláusula suelo en las escrituras.
La clave está en que si usted está pagando la misma cantidad desde hace un tiempo atrás a la
actualidad, si que tiene cláusula suelo, ya que actualmente el Euribor está referenciado en
niveles negativos, por lo que aunque tenga un diferencial alto, estará pagando lo que estipule el
interés mínimo aplicable o cláusula suelo.
Es importante diferenciar los documentos donde se indica la compraventa de la vivienda con los
del préstamo hipotecario, siendo estos últimos los que nos interesa para localizar la cláusula
suelo.
Para buscar la cláusula suelo en la escritura suele ser habitual que esté localizada en la parte de los intereses referenciado con una indicación tipo “el interés nunca será inferior a X”.
Segundo paso: Acudir a abogados especialistas.
Es muy importante que acudamos a abogados especialistas para que nos asesoren individualmente y en función de nuestro caso concreto, puedan analizar y valorar la viabilidad del expediente, y le puedan aconsejar cuáles son las mejores formas de actuación concreta ante su caso particular, ya que es muy importante que los afectados conozcan que la casuística de cada hipoteca es diferente, y por tanto, la actuación a realizar debe ser individualizada en función de los parámetros y conjunto de documentación de cada expediente.
La Sentencia del Tribunal de la Unión Europea no es imperativa para las entidades financieras, quienes no tienen que devolver las cuantías de forma voluntaria, si no que es una Sentencia que obliga a los tribunales españoles a seguir su jurisprudencia, y por tanto, los afectados deberán acudir a la vía judicial para recuperar su dinero.
La sentencia no implica la devolución automática de todo el dinero cobrado de más. Es decir, si el banco no devuelve el dinero por iniciativa propia, será necesario pleitear para que el Tribunal Supremo declare nulas las cláusulas individuales.
Es una doctrina a seguir de forma taxativa para los tribunales españoles, por lo que todo afectado por poco que tenga que reclamar a los bancos por las cláusulas suelo, rentabiliza la demanda que realice, ya que recuperará en un porcentaje elevadísimo lo pagado de más, (como he indicado hay que estudiar cada caso porque todos son diferentes).
En el despacho en el que tengo el gusto de trabajar, hemos atendido en el último año a infinidad de personas que quieren asesorarse de su situación actual en torno a la cláusula suelo, habiendo esperado en muchos casos a la publicación de la Sentencia para iniciar la reclamación de la cantidad, y por tanto ahora son muchas las personas que pasan por nuestras oficinas para asesorarse en las vías de actuación, siempre teniendo presenta la casuística de cada uno.
Tercer paso: Quiénes pueden solicitar la devolución de todo.
Es importante que sepan que todo afectado por las cláusulas suelo no podrá recuperar el dinero pagado de más. Veamos los principales casos.
Un primer perfil de afectado es quien nunca ha realizado ningún trámite para que le anulen la cláusula suelo o le devuelvan el dinero. Este perfil podrá reclamar ambas cosas: nulidad de la cláusula y devolución de todos los importes pagados de más.
Un segundo perfil es quien ha reclamado y tiene un procedimiento judicial abierto o pendiente de resolución. Este perfil deberá esperar a esa sentencia.
Un tercer perfil es quien ha llegado a un acuerdo con la entidad financiera para quitar la cláusula suelo y para renunciar a su derecho a reclamar en la vía judicial posteriormente. Estos acuerdos son nulos, ya que parte de origen de una clausula que es nulo y por tanto, no tienen validez desde inicio. En este caso se encuentran multitud de afectados que deben conocer que pueden reclamar la devolución de todo aunque hayan firmado un acuerdo con el banco.
Y por último, un cuarto perfil es de aquellos afectados que presentado demanda judicial y que tienen sentencia sobre ello, que no podrán recurrir el pago de todo, ya que es contrario al principio de non bis in idem, no pudiendo juzgarse lo mismo dos veces, aunque en este caso, me genera dudas, ya que se puede defender que hay hechos relevantes futuros que antes de presentar la demanda anterior se desconocían y por tanto, las reglas del juego o situación ha cambiado. Pero este perfil me crea más dudas, ya que los otros tres los tengo clarísimos.
Quinto paso: Calcular el dinero.
Es muy importante que una vez se haya realizado por un abogado especializado en derecho bancario el análisis de viabilidad del expediente de cláusula suelo para conseguir recuperar todo el dinero pagado de más, se realice por tal, el cálculo de cuánto es lo que debo reclamar.
A diferencia de antes de esta Sentencia que solo podíamos solicitar la devolución desde mayor de 2013, ahora ya podemos solicitar la totalidad del dinero pagado de más de la firma de la hipoteca.
Es muy importante que el cálculo se realice de forma correcta, ya que será lo que realmente debamos solicitar como devolución, lo que se nos debe por derecho, ni más pero tampoco menos.
Sexto paso: No Esperar a que la banca mueva ficha.
Es importante dejar claro que no debemos aceptar la primera oferta que nos hagan las entidades financieras, sino que debemos solicitarla por escrito para que podamos hacérsela llegar al abogado con el que estamos gestionando la anulación de las cláusulas suelo y la devolución de las cantidades.
Cualquier modificación contractual que ofrezcan las entidades financieras debe ser supervisada por un abogado especialista.
Es de suponer que muchas entidades financieras ante la avalancha de reclamaciones que se van a producir durante estos meses, quieran evitar acudir a los juzgados donde tienen muchas probabilidades de perder las costas del juicio, y por tanto, tendrían que devolver el principal y las costas, suponiendo un sobrecoste a lo que ya están obligadas a pagar.
Para evitar acudir a los tribunales, una estrategia común en la banca suele ser esperar hasta el último momento, algo lícito procesalmente y que hace que juegues con los plazos y los tiempos a tu favor, por lo que, en mi opinión se prevé que dejarán que el que mueva ficha sea el afectado, debiendo presentar demanda judicial y una vez notificada, es cuando moverán las entidades su ficha para intentar llegar a un acuerdo o negociar extrajudicial.
Séptimo paso: Actuar porque seguro que se consigue la devolución.
Hacer un buen trabajo por su abogado especialista y accionar en el juzgado reclamando la nulidad de la cláusula suelo, donde obtendremos una sentencia que obligue a quitar esta cláusula de mi préstamo hipotecario y a devolver las cantidades pagadas de más a las entidades financieras.
Para finalizar quisiera hacer ver que si tienen derecho, deben defenderlo, y no duden en ponerse en contacto con un especialista en derecho bancario aunque sean mínimas las dudas que le surgen o por poca cosa que sea, ya que es el momento de dar el paso, ya que te saldrá rentable si tenías cláusula suelo.
Somos especialistas en derecho bancario, siendo referente en Navarra en el asesoramiento jurídico y demandas judiciales en derecho bancario, habiendo adquirido una alta experiencia en cláusulas suelos, swaps, participaciones preferentes y otros productos bancarios, consiguiendo un alto éxito en los tribunales en las demandas realizadas sobre productos bancarios.
IRIBARREN ARTOLA Abogados OFRECERÁ ASESORAMIENTO JURÍDICO GRATUITO EN LA PRIMERA CONSULTA que realicen los lectores de Pamplona Actual, por su fidelidad al periódico y a la sección de consumo, y más concretamente a las publicaciones de Iñaki Iribarren García, abogado especialista en derecho bancario del despacho.
Para este asesoramiento gratuito inicial es necesario que soliciten cita previa en el número de teléfono 660880184 en horario de oficina o manden un correo a abogados@iribarrenartola.com
Iñaki
Iribarren García
Abogado MICAP 2327