Qué derechos tengo si compro en Rebajas

La normativa estatal que regula la venta en rebajas (Arts. 24, 25 y 26) es la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

Se entiende que existe venta en rebajas cuando los artículos objeto de la misma se ofertan, en el mismo establecimiento en el que se ejerce habitualmente la actividad comercial, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta.

No cabe calificar como venta en rebajas la de aquellos productos no puestos a la venta en condiciones de precio ordinario con anterioridad, así como la de los productos deteriorados o adquiridos con objeto de ser vendidos a precio inferior al ordinario.

La duración de cada período de rebajas será como mínimo de una semana y como máximo de dos meses, de acuerdo con la decisión de cada comerciante dentro de las fechas concretas que fijarán las Comunidades Autónomas competentes.

Los artículos objeto de la venta en rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad y, durante el plazo mínimo de un mes, en la oferta habitual de ventas y no podrán haber sido objeto de práctica de promoción alguna en el curso del mes que preceda a la fecha de inicio de la venta en rebajas.

Especialmente, queda prohibido ofertar, como rebajados, artículos deteriorados.

Derechos de los consumidores durante la venta en rebajas

Los comercios deben aceptar los mismos medios de pago que habitualmente, salvo que se indique expresamente que alguno de ellos no se autoriza en rebajas (por ejemplo, el pago con tarjeta) o que la utilización del pago con tarjeta lleve aparejado algún recargo.

En las devoluciones en rebajas los comercios deben mantener su política de devoluciones que durante el resto del año. Si sólo admiten devoluciones por productos defectuosos, deben seguir haciéndolo así. Y si admiten devoluciones a cambio de vales de compra, en rebajas también deben hacerlo.

Si el producto devuelto nos costó 10 antes de rebajas y lo devolvemos durante las rebajas, nos tendrán que devolver 10, no valiendo el precio del artículo en época de rebajas.

En ventas a distancia (teléfono, internet, comercial que se presenta en casa), la ley recoge el derecho de desistimiento. Éste consiste en la posibilidad de devolver el artículo en 14 días desde que fue entregado al comprador, momento en el cual el consumidor tiene la posibilidad de ver el producto, examinarlo, ver sus características cualidades y decidir si le convence o no.

El vendedor tiene la obligación de devolver el dinero que se ha pagado por ese producto en un plazo de 14 días desde que recibe la comunicación de que se esa compra. Si no lo hace la ley le sanciona con indemnizar al consumidor con el doble de la cantidad pagada por el artículo.

Obligaciones del comercio

Se puede simultanear su venta con saldos (artículos de temporadas anteriores o deteriorados) y promociones, aunque deben estar bien diferenciados y anunciados. No se puede considerar como rebajas la venta en liquidación, donde se anuncian precios más bajos por cierre o cambio de negocio.

El período de rebajas debe exhibirse en un sitio del establecimiento visible al público, incluso cuando esté cerrado.

Si las rebajas no afectan a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados deben estar bien identificados y diferenciados del resto.

Los productos rebajados deben haber estado incluidos con anterioridad entre los artículos de la oferta habitual.

Los productos deben tener la misma calidad que cuando no estaban rebajados.

El precio rebajado debe aparecer junto al precio anterior, tanto en las etiquetas del producto como en las de los escaparates.

Al igual que ocurre en épocas fuera de rebajas, los productos tienen una garantía de dos años. Durante ese plazo el establecimiento vendedor tiene la obligación de responder ante un defecto del producto rebajado: reparándolo, sustituyéndolo por otro de idénticas características o, si no se puede, rebajando el precio o permitiendo la devolución.  

Sin embargo, los establecimientos no tienen la obligación de aceptar la devolución o cambio de productos en perfecto estado, excepto si anuncian que admiten ese tipo de devoluciones. Si durante el resto del año admiten esta opción y en rebajas no, deben anunciarlo claramente a los consumidores. Lo mismo sucede con las formas de pago.

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Iñaki Iribarren García                                                                                                        

Abogado MICAP 2327