¿Me puedo divorciar en un notario sin pasar por el juzgado?

La abogada Arantxa Ros Gavilán, de IRIBARREN ARTOLA Abogados, nos explica los requisitos para el divorcio notarial.

Hasta hace unos años para poder divorciarse o separarse teníamos que acudir a un procedimiento judicial, ya que era la única vía para poder hacerlo.

El panorama cambio en el año 2015, cuando se introdujo una reforma legislativa en la que se permitía la posibilidad de acudir ante un notario para poder divorciarse. Constituyéndose así un proceso más sencillo, ágil y económico que el judicial.

Pero no en todos los casos es posible divorciare ante notario. Hay que tener en cuenta una serie de requisitos para poder hacerlo y entre los mas importantes están:

·         Que el divorcio se realice de mutuo acuerdo.

De no ser así, la única alternativa es acudir a la vía judicial.

·         Deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.

·         Que no existan hijos menores o con la capacidad modificada judicialmente.

Si los hijos son mayores de edad o están emancipados, deben prestar su consentimiento ante notario respeto de las medidas que les afecten cuando no tengan ingresos y convivan en el domicilio familiar.

·         Ambos cónyuges deben ir personalmente ante el notario. No es posible su representación.

·      Es obligatorio que los cónyuges estén asistidos de abogado, quien también deberá firmar la escritura de divorcio.

·       Deberá acompañarse un convenio regulador que contendrá las medidas que regularan los efectos derivados del divorcio.

¿Y si la esposa estuviese embarazada? En estos casos no será posible el divorcio ante notario ya que el concebido se tiene por nacido para aquello que le sea favorable (art. 29 del Código Civil) y ha de intervenir por ello el Ministerio Fiscal en interés del menor al ser obligatorio en todo procedimiento de separación o divorcio judicial con hijos menores o incapacitados. En tales casos para tramitar el divorcio habrá de acudirse necesariamente a la vía judicial.

Por tanto, una vez cumplidos todos los requisitos y una vez firmada la escritura de divorcio ante el notario, éste la remitirá a la Oficina del Registro Civil para su inscripción. La escritura de divorcio tiene la misma validez que la sentencia judicial de divorcio.

El notario competente para el divorcio será el del ultimo domicilio conyugal o el del lugar de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges. (Bastará con un empadronamiento)

En estos casos es recomendable contar con la asistencia letrada desde el primer momento, acudir con su abogado de confianza desde el comienzo de la tramitación, quien redactará el convenio que se incorporará a la escritura de divorcio en el que se recogerán los acuerdos por los que se van a regir y los orientará en todo el procedimiento, no solo en la fase de ratificación del convenio ante notario donde la asistencia letrada es preceptiva.

Si desea obtener más información sobre este procedimiento, la documentación que se exige o llevarlo a cabo con nuestro despacho, puede contactarnos a través de los canales abajo indicados.

Espero les haya gustado el artículo, pronto publicaremos más noticias y artículos de interés, con las principales novedades y reformas que se han ido aprobando.

Si están interesados en más información pueden visitarnos en la página web del despacho IRIBARREN ARTOLA Abogados, donde podrán conocernos y ver la metodología de trabajo, pudiendo informarse sin compromiso de nuestro servicio de Asesoramiento Jurídico y Defensa Judicial.

Pueden llamar para concertar cita al 848 473 789 o escribir por mail a abogados@iribarrenartola.com

Arantxa Ros Gavilán

Abogados en IRIBARREN ARTOLA Abogados

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