Derechos de un cliente y las obligaciones de un taller

La mayoría de los consumidores tenemos un vehículo que utilizamos para ir a trabajar o para ocio, utilitario que tenemos que llevar periódicamente al taller, ya sea para una revisión o porque hemos tenido una avería y necesitamos que lo reparen.

Cada vez alargamos más la vida útil del vehículo. Por ello, la flota de vehículos existente en España es muy extensa, pero sobre todo muy envejecida. Esto quiere decir, que hay más problemas mecánicos o electrónicos, que conllevan gastos extraordinarios de reparación.

Cuando acudimos al taller si todo va bien, perfecto. Pero si no es así. En muchos casos, y puede comprobarse estadísticamente en los temas más reclamados por los consumidores y usuarios del año anterior, se producen irregularidades en el servicio prestado por los talleres al realizar una reparación o un mantenimiento. Dado el caso de que se produzca esta mala experiencia, ¿qué puedo hacer?, ¿dónde me dirijo?, ¿qué pasos debo dar?, ¿puedo exigir que me lo vuelvan a reparar?, ¿qué documentación debo guardar?, ¿podré conseguir que me indemnicen por mala praxis? o ¿qué derechos tengo?

En este artículo intentaremos explicar cuáles son las obligaciones del taller y los derechos del cliente.

Obligaciones del taller y Derechos del cliente.

Las obligaciones del taller y los derechos del cliente se regulan en el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. Ha sido modificado en parte por el Real Decreto 455/2010, de 16 de abril.

Un taller debe cumplir una serie de obligaciones que se exigen de forma taxativa por la normativa reguladora de la gestión de talleres. Deben exhibir al público en castellano y en lugar visible la tarifa de precios que aplica por hora de trabajo y por servicios concretos. Una obligación importante, que no siempre se cumple, es la obligación de darnos presupuesto previo por escrito con una validez de 12 días.

Es conveniente que preguntemos el coste de la confección del presupuesto si luego decidimos no contratar sus servicios, ya que suele ser uno de los mayores problemas que surgen en los talleres. El presupuesto debemos guardarlo, porque una vez realizado el servicio y nos emitan la factura, debe existir una homogeneidad entre ambos documentos. Si decidimos no aceptar el presupuesto deben devolvernos el vehículo en las mismas condiciones que lo dejamos.

Es muy importante que nos den un resguardo de entrega del vehículo cuando lo dejemos en el taller, con el cual lo retiraremos posteriormente. Si decidimos que nos miren el vehículo, deberán indicarnos en cuanto tengan constancia de los vicios ocultos o irregulares extraordinarias que observen, así como el coste de los mismos.

Puede ser que al revisar el vehículo encuentren irregularidades con las que no se esperaban porque a simple vista eran difíciles de localizar, pero si es así, deben siempre indicarlo porque tendrá un sobrecoste.

En el cambio de piezas deben utilizar piezas nuevas, no pudiendo utilizar piezas de segunda mano o de otro vehículo que hayan utilizado. Deben enseñarnos la pieza que nos han retirado y las piezas que han utilizado para su cambio.

Una vez realizado el servicio, el consumidor debe exigir factura escrita, firmada y sellada. En la factura, debe aparecer desglosada los trabajos realizados, horas, piezas e impuestos. Es importante que guardemos la factura por si surge algún imprevisto posteriormente, para poder aportarlo como documento en la reclamación o queja que formulemos.

No pueden cobrar gastos de estacionamiento del vehículo, salvo en caso de que no se retire el vehículo tras 3 días desde que se entregó el presupuesto y no se haya aceptado.

La garantía de las reparaciones efectuadas tiene un plazo de 3 meses o 20.000 kilómetros. La garantía incluye piezas, mano de obra y los gastos derivados del transporte del vehículo. Si se han utilizado piezas nuevas, tendrán una garantía de dos años, y si son de segunda mano, como mínimo de uno.

En caso de que surja algún problema con el taller, debemos tener presente que debemos presentar una queja o reclamación en vía amistosa al taller para que nos de una solución, la cuál en caso de no ser satisfactoria, debemos acudir a un abogado para que presente la demanda en el juzgado.

Foto Iaki Iribarren Garca artculo alquileres veraneo

Iñaki Iribarren García Abogado MICAP 2327

Espero les haya sido útil el artículo. Pronto publicaremos más artículos que pueden ser de su interés relacionados con el derecho del consumidor y derecho bancario.

Si están interesados en más información pueden visitarnos en la página web del bufete, donde podrán conocernos y ver la metodología de trabajo, pudiendo informarse sin compromiso de nuestro servicio de Asesoramiento Jurídico y Defensa Judicial. A través del correo Iñaki Iribarren García les atenderá encantado a cualquier consulta jurídica que tengan en  abogados@iribarrenartola.com